El Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación digital, ha publicado en audiencia pública el Anteproyecto de Ley de Fomento del Ecosistema de Empresas Emergentes. Más conocida como Ley de Startups.

Mediante el Anteproyecto de esta Ley, pretende impulsar el éxito de empresas de carácter digital que comienzan su andadura como pequeños proyectos innovadores. Para ello, la Ley tendría como objeto determinar un marco normativo específico para este tipo de empresas emergentes. La finalidad es fijar un sistema de seguimiento y evaluación de sus resultados.

A los efectos del Anteproyecto tienen la consideración de empresas emergentes (startups) aquella persona jurídica, incluidas las empresas de base tecnológica o toda persona física. Se incluyen los emprendedores de responsabilidad limitada en los que se den una serie de condiciones tales como:
a) ser de reciente creación;
b) tener su sede social o establecimiento permanente en España, teniendo a su vez el 60% de su plantilla contrato en España; c) Ser innovadora;
d) No haber distribuido dividendos ni cotizar en un mercado regulado.

De esta definición de startups o empresas emergentes, llama la atención un aspecto. Incluye tanto a las personas jurídicas como a personas físicas, no estableciéndose limitación para estas últimas. Es importante reseñar el concepto de entidad emergente “innovadora”. Tendrá la consideración de innovadora cuando la finalidad de la entidad sea “resolver o mejorar una situación existente. Mediante el desarrollo de productos, servicios o procesos o mejorados sustancialmente, en comparación con el estado de la técnica. Y, además, que lleven implícito un riesgo de fracaso tecnológico o industrial”. Se requiere que se evalúe el carácter innovador de su modelo de negocio a ENISA (Empresa Nacional de Innovación SME SA), debiéndose revaluar anualmente.

Se requiere que las empresas emergentes estén inscritas en el Registro mercantil haciéndose constar su condición de start ups.

A las startups se les reconoce un régimen específico de tributación en el Impuesto sobre Sociedades, y sobre la Renta de no Residentes; permitiéndose incluso aplazar la deuda tributaria. Además se favorece las condiciones de generación de autocartera en sociedades de responsabilidad limitada. Además, se simplifica la tramitación de alta y cese de las sociedades.

La norma impulsa a su vez un sistema estatal de ayudas al emprendimiento para fomentar la creación de empresas emergentes y apoyar su internacionalización.

Departamento UBT Legal